El Registro Sanitario para Dispositivos Médicos de fabricación nacional e importados Clases IIB y III es un requisito indispensable para comercializar cualquier producto en el mercado colombiano. Este trámite garantiza que los dispositivos médicos cumplen con las normativas sanitarias y de calidad exigidas por las autoridades de salud, asegurando así la protección de los consumidores. Es fundamental realizar este proceso de manera correcta y en línea para agilizar el tiempo de aprobación y evitar cualquier retraso en la venta de los dispositivos médicos en el país.
El Registro Sanitario para Dispositivos Médicos de fabricación nacional e importados Clases IIB y III permite obtener la autorización a una persona natural o jurídica para producir, comercializar, importar, exportar, envasar, procesar, expender o almacenar un dispositivo médico de fabricación nacional o importado de clase IIB o clase III, teniendo en cuenta la normatividad sanitaria vigente.
Los documentos necesarios para el Registro Sanitario Para Dispositivos Médicos de Fabricación Nacional e Importados de clases son los siguientes.
El Registro sanitario de dispositivos médicos de fabricación nacional clases IIB y III, se obtiene en 15 Días hábiles.
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